3 Preguntas Que Deberías Hacer a Tu Terapeuta Si Eres LGTBIQ+

Psicóloga Sanitaria Colegiada, nº colegiada M-34076

Encontrar una terapeuta verdaderamente afirmativa en Madrid sigue siendo más complicado de lo que parece, incluso en una ciudad reconocida por su apertura.

Aceptación no es lo mismo que competencia clínica, y una bandera arcoíris en la puerta de la consulta no garantiza formación específica en diversidad sexual, identidad de género ni en los patrones relacionales que afectan de forma particular al colectivo LGTBIQ+.

En mi consulta de la calle Antonio Arias, cerca del Parque del Retiro, atiendo desde un enfoque de terapia sistémica y trabajo cada semana con personas queer, trans y bisexuales que llegan después de experiencias terapéuticas anteriores poco satisfactorias.

Por eso he preparado esta guía: para que puedas evaluar la competencia de cualquier profesional desde la primera consulta, ya sea conmigo o con cualquier otra persona, y especialmente si estás valorando terapia de parejas LGTBIQ+.

Resumen logístico de la atención afirmativa

La atención psicológica afirmativa LGTBIQ+ es un proceso de acompañamiento adaptado al contexto social, familiar y relacional de cada persona, no un protocolo cerrado. La siguiente tabla resume los aspectos prácticos más consultados en mi consulta:

Aspecto Detalle
Duración de la sesión 80 minutos
Frecuencia recomendada Semanal o quincenal según objetivos
Modalidad Presencial (Retiro, Madrid) y online
Enfoque clínico Terapia sistémica con perspectiva afirmativa
Foco principal Dinámicas relacionales, apego, estrés de minorías, identidad
Población atendida Personas LGTBIQ+, parejas del mismo sexo, familias diversas
Duración estimada del proceso Entre 8 y 20 sesiones, según el motivo de consulta

Estas preguntas funcionan en cualquier momento, pero resultan especialmente útiles durante la primera consulta. Evaluar la competencia profesional desde el minuto uno te ahorra tiempo, dinero y, sobre todo, sufrimiento emocional innecesario.

1. “¿Tienes experiencia real trabajando con personas [tu identidad, por ejemplo: bisexuales, no binarias, trans]?”

La experiencia clínica real con tu colectivo es el primer indicador de competencia, no la simpatía declarada.

Si la posible terapeuta responde que nunca ha trabajado con el colectivo LGTBIQ+, o se escuda en un “yo trato a todas las personas por igual”, es una señal de alerta.

Esa respuesta suele esconder evitación de los temas de género y sexualidad o una falta de sensibilidad hacia los matices de tu realidad.

En mis nueve años de experiencia clínica he visto que cada subgrupo dentro del colectivo arrastra patrones y dinámicas relacionales propios: la invisibilización bisexual, la gestión de la disforia, el coming out familiar, la negociación de la no monogamia consensuada o las relaciones interculturales.

Una terapeuta competente entiende estos contextos como parte integral de la biografía relacional de quien tiene delante, no como un detalle accesorio.

Una ciudad como Madrid presenta además situaciones muy específicas —visibilidad en entornos laborales conservadores, familias de origen en otras comunidades, expatriación, comunidad chemsex— que requieren formación previa para abordarse con seguridad.

2. “¿Qué formación específica has recibido sobre salud mental en el colectivo LGTBIQ+?”

La formación específica en diversidad sexual y de género distingue a una terapeuta afirmativa de una simplemente tolerante. Tener una profesional afirmativa va más allá de aceptar quién eres; significa que ha invertido horas en formación, supervisión clínica y lectura científica sobre los retos particulares que enfrenta esta comunidad.

No es necesario que sepa todo sobre tu identidad concreta, pero sí debe manejar con soltura la terminología básica: diferenciar entre cisgénero y transgénero, comprender el concepto de no binario, conocer el modelo del estrés de minorías de Meyer, y preguntar y utilizar tus pronombres (ella, él, elle) sin que tengas que dar una clase magistral en cada sesión.

La American Psychological Association publica guías clínicas específicas para el trabajo con personas LGBTQ+ que cualquier profesional con formación afirmativa debería conocer.

Una terapeuta afirmativa también debe reconocer y validar la existencia de la homofobia, la bifobia, la transfobia y el estrés de minorías que persisten incluso en entornos urbanos modernos.

La Organización Mundial de la Salud retiró la transexualidad de su clasificación de trastornos mentales en la CIE-11, y trabajar desde un marco patologizante hoy está desfasado tanto científica como éticamente.

Si una terapeuta utiliza términos obsoletos, “olvida” sistemáticamente tus pronombres o el nombre de tu pareja, no es una cuestión de despiste: es ausencia de formación.

3. “¿Cuál es tu postura sobre las llamadas ‘terapias de conversión’?”

La respuesta a esta pregunta es la prueba definitiva, y solo hay una respuesta éticamente válida: rechazo absoluto.

Tanto las principales asociaciones internacionales como los colegios oficiales españoles condenan firmemente cualquier práctica que pretenda “cambiar” la orientación sexual o la identidad de género. La resolución de la APA de 2021 documenta que estas prácticas son ineficaces y producen daños psicológicos significativos, incluyendo ansiedad, depresión, ideación suicida y trauma complejo.

En España, además, son ilegales. La Ley 4/2023, de 28 de febrero, prohíbe expresamente “métodos, programas y terapias de aversión, conversión o contracondicionamiento” incluso cuando exista consentimiento de la persona, y las tipifica como infracción muy grave con sanciones de hasta 150.000 euros.

Si una terapeuta expresa simpatía, curiosidad académica o incluso una “neutralidad” hacia estas prácticas, mi recomendación profesional es inequívoca: termina la sesión en cuanto te sientas capaz.

La neutralidad ante una vulneración de derechos humanos no es una postura clínica legítima.

La valentía de pedir lo que mereces

Hacer estas preguntas requiere coraje, y ese coraje merece ser reconocido.

Dar el paso de iniciar terapia ya supone un acto de vulnerabilidad; cuestionar a una “experta” sobre su competencia en sexualidad y género multiplica esa exposición.

Sé que puede intimidar, pero hacerlo es la puerta de entrada a una relación terapéutica más honesta, segura y reparadora.

Las conversaciones sobre atención afirmativa LGTBIQ+ no terminan en la primera sesión: son un diálogo continuo a lo largo del proceso.

Estas tres preguntas son solo el punto de partida para asegurarte de que, ya sea en mi consulta cerca del Parque del Retiro o en cualquier otro espacio terapéutico, recibas el trato digno, competente y profesional que mereces.

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Sobre la autora

Claudia Hernández Oliveros es
Psicóloga Sanitaria Colegiada,
nº colegiada M-34076 del
Colegio Oficial de la Psicología de Madrid (COP Madrid),
y miembro nº 523 de la Federación Española de Asociaciones de Terapia Familiar (FEATF).
Trabaja desde un enfoque sistémico con personas, parejas y familias en su
consulta de la calle Antonio Arias (Retiro, Madrid) y en formato online.
Web: terapiadeparejaclaudia.es.

Aviso clínico

Este artículo tiene fines divulgativos y no sustituye la valoración psicológica, psiquiátrica ni médica individualizada. El acompañamiento psicológico que ofrezco es un proceso de apoyo emocional y relacional, distinto del tratamiento psiquiátrico o farmacológico, que corresponde a profesionales de la medicina.

En caso de emergencia o crisis:
en España puedes llamar al 024 (Línea de atención a la conducta suicida del Ministerio de Sanidad),
al 016 (atención a víctimas de violencia, incluida la LGTBIfobia, llamada que no deja rastro en la factura),
o al 112 en situaciones de emergencia médica.

Referencias

  1. American Psychological Association. (2021). APA Resolution on Sexual Orientation Change Efforts. Washington, DC: APA. Recuperado de apa.org
  2. Meyer, I. H. (2003). Prejudice, social stress, and mental health in lesbian, gay, and bisexual populations: Conceptual issues and research evidence. Psychological Bulletin, 129(5), 674–697. https://doi.org/10.1037/0033-2909.129.5.674
  3. Jefatura del Estado. (2023). Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI. Boletín Oficial del Estado, núm. 51. Recuperado de boe.es
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